El Segundo Tribunal Colegiado del Trigésimo Circuito, en la Ciudad de México, resolvió la queja número 138/2023, promovida por la Secretaría de Educación Pública contra la admisión de una demanda de amparo interpuesta por el Consejo de Laicos de la Diócesis de Aguascalientes, A.C., en el Juzgado Quinto de Distrito del Estado de Aguascalientes.
La resolución, unánime por parte de los magistrados, declaró fundada la queja de la Secretaría y revocó el acto impugnado, desechando así la demanda de amparo, identificada con el número 752/2023. La base de esta decisión se centró en la falta de un vínculo concreto entre el derecho a la educación y el objeto social de la asociación civil quejosa, que según los magistrados, se limita exclusivamente a actividades religiosas.
Esta resolución judicial tiene un impacto directo en la distribución y uso de los libros de texto gratuitos para niños, niñas y adolescentes de educación básica en el Estado de Aguascalientes. La suspensión definitiva que había sido decretada anteriormente en relación con este caso quedó sin efecto, permitiendo así la continuidad en la distribución y aprovechamiento de estos materiales educativos.